Conservar, producir, transformar, distribuir, transportar y vender en mercados interiores y exteriores, de todos los productos provenientes de las explotaciones agrícolas, forestales o pecuarias de la cooperativa o de sus socios, en su estado natural o previamente transformados, pudiendo montar al efecto las necesarias instalaciones auxiliares y complementarias. adquirir, elaborar o fabricar por cualquier procedimiento, para la cooperativa o sus socios, abonos, plantas, semillas, productos fitosanitarios, plásticos, piensos, compuestos y demás elementos y servicios necesarios, para la producción y el fomento agrícola, forestal pecuario, así como el empleo de los medios necesarios contra las plagas del campo. promover y fomentar la concentración de la oferta, la reducción de los costes de producción y la regularización de los precios en la fase de producción para todos los productos hortofrutícolas producidos por sus miembros, así como su puesta en el mercado. facilitar a sus miembros el asesoramiento y los medios técnicos adecuados para el acondicionamiento y la comercialización de su producción, para la consecución de los fines como organización de productores y el cumplimiento del programa de actuación. planificar y programar las campañas de producción y fijar las normas de producción y comercialización a fin de adaptar el volumen de la oferta a las exigencias del mercado en lo relativo a cantidad y calidad. dichas normas se establecen en el programa de actuación y serán aprobadas por la asamblea general. dictar las normas de calidad y de envasado, y controlar su cumplimiento. fomentar prácticas de cultivo y técnicas de producción y de gestión de residuos respetuosas con el medio ambiente, con la finalidad de proteger la calidad de las aguas, del suelo y del paisaje, potenciando y preservando de forma paralela la biodiversidad. cualesquiera otros fines que sean propios de la actividad agraria que sean antecedentes, complemento o consecuencia directa de la misma, así como lo que con carácter general se especifica en el artículo 152 de la ley de sociedades cooperativas andaluzas. estos fines los desarrollará directa o indirectamente mediante la participación en otras empresas.