Elaboración y comercialización, incluso directamente al consumidor, de mostos, vino o cualquier otro producto obtenido de las uvas, procedentes de las explotaciones de sus socios o terceros. así como el aprovechamiento y comercialización de las uvas en estado natural; venta de carburantes, lubricantes y combustibles de automación y calefacción; proveer a los socios de materias primas, medios de producción, productos y otros bienes que necesiten para sus explotaciones; mejorar los procesos de producción agraria, mediante la aplicación de técnicas, equipos, maquinaria y medios de producción; adquirir, mejorar y distribuir entre los socios o mantener en explotación en común tierras y otros bienes susceptibles de uso y explotación agraria; así como la construcción y explotación de las obras e instalaciones necesarias a estos fines; la cooperativa podrá solicitar su calificación como agrupación de productores, para la comercialización en común de la totalidad de los productos de sus socios que sean objeto de calificación; cualesquiera otras actividades que sean necesarias o convenientes o que faciliten el mejoramiento económico técnico, laboral o ecológico de la cooperativa o de las explotaciones de los socios.